Buenos Aires, 23.11.2012. El fallo del juez de Nueva York Thomas Griesa pone a la Argentina en
un brete político difícil de solucionar, incluso porque acatarlo es
imposible. Si el gobierno cumple con la orden de pagar a los fondos
buitres, tenedores de ese 7% de bonos de la deuda que no entraron en la
reestructuración realizada en 2005, y además si abonara lo debido en una
única solución y por el total del valor nominal de los papeles,
automáticamente entraría en funcionamiento otra cláusula por la que
debería beneficiar del mismo modo a los que participaron del canje, es decir, el
restante 93 por ciento de los acreedores. Eso absorbería por completo
nuestras reservas y todavía más y, además, sería un verdadero disparate.
El problema es complejo también porque en el medio entran mecanismos
que hemos aceptado en su momento al endeudarnos, como las cláusulas
relativas a los fueros judiciales a los que hay que someterse, y que
hemos ratificado con las sucesivas y más recientes reestructuraciones.
Además de los mecanismos que actúan internacionalmente entre las
instituciones financieras cuando un país entra en una situación, sea o
no técnica, de cesación de pago.
El camino por lo tanto tiene dos instancias: una es demostrar la
imposibilidad de cumplir con un fallo que perjudica en realidad a todos:
al deudor y a los acreedores, lo cual es bastante insólito en la
aplicación de una sentencia que debería, en cambio, ser beneficiosa para
todos. En este sentido, hay que argumentar que este fallo pone en peligro cualquier otra reestructuración de una deuda, ya que nadie tendría la seguridad de cualquier negociación con la mayoría de los acreedores, si un juez puede echar por tierra el acuerdo alcanzado. Lejos de beneficiar la seguridad jurídica, este fallo la perjudica.
Otro discurso sería imponer a la Argentina que los bonos que no entraron en el canje
sean incluidos en el mismo y reciban el mismo trato que recibieron los
demás. Sería más oneroso para el país, relativamente, pero permitiría no
contar más con títulos en default. Incluso permitiría el tratamiento en forma comunitaria, en caso de una reestructuración, y no sólo individualmente.
La otra instancia, es la cuestión de las decisiones de un país
soberano que no pueden ser puestas al mismo nivel que el de cualquier
litigante. Este principio merece una profunda discusión a nivel
internacional, y merece ser analizada la legitimidad constitucional de
cláusulas de este tipo incluidas en acuerdos financieros. Es parte de
las reglas del juego del crédito internacional que hay que modificar. Cabe recordar que, al finalizar la Segunda Guerra Mundial, los Estados Unidos y Gran Bretaña quedaron endeudados con la Argentina y no pudiendo cumplir con sus obligaciones entraron en cesación de pago. La experiencia no fue lo mejor en cuanto a cómo negociar en modo leal, a nuestro país les fue impuesto aceptar las condiciones que conveían a las dos potencias. Y no hubo modo de discutirlo. Sin embargo, queda claro que el estado de necesidad de un país, como en el caso de dos potencias que había gastado importantes recursos para defender Occidente de la amenaza nazi-fascista, prevalece siempre sobre los intereses comerciales de entidades privadas. Las reglas de acceso al crédito interncional a las que tuvo que someterse el país en los años 80 y 90, lesionaron fuertemente su soberanía. Y los títulos cuyo pago reclaman los así llamados "fondos buitres" por intermedio del juez Griesa, pertenecen precisamente a esa desafortunada etapa de nuestra historia.
El gobierno deberá elaborar una estrategia jurídica, acompañado
seguramente por todo un país al que no le sobran recursos. No es la hora
de la retórica ni de los pases de factura, sino de la Política con
mayúscula.
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