Los legisladores de la Asamblea Nacional comenzaron el segundo debate sobre el proyecto. Está configurado el delito de pánico económico, en caso de informaciones que provoquen daños a la economía nacional.
El pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador comenzó ayer el segundo debate para el estudio del proyecto de nuevo código penal. El texto contiene 743 artículos, 4 disposiciones generales y 19 transitorias, además de disposiciones derogatorias y reformatorias.
Si bien se avanzó en la discusión en el pleno del parlamento, integrado por 137 legisladores, de los cuales 100 conforman el bloque de la oficialista Alianza PAIS (Patria Altiva i Soberana), quedan pendientes temas que ayer fueron motivo de protesta fuera del edificio. Se trata de la cuestión de mala práctica profesional, tema que convocó a unos 300 médicos quienes protestaron contra la nueva normativa, y del aborto, a favor de cuya despenalización manifestaron organizaciones feministas.
“No hay que asumir el texto tal cual se plantea, sino ir modificando, mejorando y el debate legislativo nos permitirá aportar a la aplicación de la justicia”, sostuvo María José Carrión, del bloque PAIS, dentro del cual todavía falta unificar posiciones. Legisladores del bloque oficialista, consideraban que hay sanciones que no guardan una relación de proporcionalidad respecto daño procurado. Otro tema delicado es el caso de un embarazo provocado por una violación. “Lo que queremos es desarrollar cada uno de los textos de una manera clara, precisa, sujeta al ordenamiento constitucional”, sostuvo Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia.
Desde las filas de la oposición se señaló la incorporación en el texto de delitos de opinión: “Expresarse realizar una protesta social está considerado un delito con algunos años de prisión, lo cual le quita al ciudadano la posibilidad de manifestarse”, consideró el legislador Patricio Donoso. Al respecto, el asambleísta opositor Andrés Páez, señaló que el artículo 306 hace referencia al pánico económico, sancionado con 7 a 10 años de prisión en caso de divulgación, difusión o publicación de “noticias falsas que causen daño a la economía nacional”. Páez indicó que se trata de temas con un alto grado de subjetividad “mañana una persona entrevistada por un medio de comunicación puede decidir que estima que el manejo del banco X no es el apropiado y en la tarde ese entrevistado puede estar encarcelado”.
En contra de esta postura, el oficialista Fabián Solano consideró que esa restricción no se verifica, ya que el medio tiene la obligación de acudir a las autoridades de control para verificar la información de acuerdo a lo que establece la Ley de Comunicación para “tener la autorización de seguir con la labor informativa”.
Si bien la norma apunta a proteger un interés colectivo de la acción intencional de intereses económicos determinados, no se evidencia con claridad qué sucedería en caso de que las autoridades de control, por una cuestión de diferente criterio de análisis, consideren engañosa una información que, en realidad, es veraz y cómo se superaría esa traba sin menoscabar la libertad de opinión.
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